El Diario Oficial de la Unión Europea publicó el pasado viernes 4 de abril el “Reglamento europeo UE 2018/545, de 4 de abril de 2018, por el que se establecen las disposiciones prácticas relativas a la autorización de vehículos ferroviarios y al proceso de autorización de tipo de vehículos ferroviarios con arreglo a la Directiva (UE) 2016/797 del Parlamento Europeo y del Consejo”.
Es un documento de gran importancia, ya que establece cómo serán los procesos de entrada en servicio de los vehículos a partir de la entrada en vigor del Pilar Técnico del Cuarto Paquete Ferroviario en junio de 2019.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 21(9) de la nueva Directiva (UE) 2016/797 de Interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Unión Europea, la Comisión ha adoptado este Reglamento, que recoge una serie de disposiciones prácticas a las que deberán someterse los futuros procesos de autorización de vehículos y de tipos de vehículos en el marco del Cuarto Paquete Ferroviario. El contenido de este Reglamento resultará de aplicación directa en las fechas establecidas en su artículo 56.
En particular, se trata de un acto de ejecución de la Comisión que especifica los siguientes aspectos:
- Los requisitos a cumplir por el solicitante para obtener la autorización de puesta en el mercado (APM) y la autorización de tipo de vehículo
- Los detalles del proceso de APM, las fases y plazos de cada etapa
- Los requisitos a cumplir por la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea (EUAR) y la correspondiente autoridad nacional de seguridad (en el caso particular de España la AESF)